El Reglamento Europeo 2037/2000 de 29 de junio de 2000 fue publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Europea el 29 de septiembre de 2000 y entró en vigor el 1 de octubre
1. Respecto a los CFC: Fueron prohibidos del mercado el 1 de octubre de 2000. Su uso en mantenimiento quedó prohibido desde el 31 de diciembre de 2000 (lo que no significa que las instalaciones deban ser desmanteladas).
2. Respecto a los HCFC:
Se prohíbe el uso de HCFC nuevo en todos los sistemas de refrigeración y aire acondicionado, con dos excepciones:
– El uso en equipos de control de clima fijo de menos de 100 kW de potencia en frío fue prohibido el 1 de julio de 2002.
– El uso en sistemas reversibles de climatización y bombas de calor fue prohibido el 1 de enero de 2004.
3. El uso de nuevos HCFC para mantenimiento está prohibido a partir del 1 de enero de 2010 y su uso para cualquier propósito está prohibido a partir del 1 de enero de 2015. (Esto significa que solo se autorizarán HCFC reciclado entre 2010 y 2015.)
4. Debe recuperarse de todos los sistemas de refrigeración y climatización a partir del 1 de octubre de 2000, con un periodo de gracia para los equipos de refrigeración domésticos hasta el 31 de diciembre de 2001.
5. Los envases desechables están prohibidos para los HCFC excepto para usos esenciales.
6. Se ha hecho obligatoria una inspección anual de fugas de aparatos fijos de más de 3 kg de peso, pero eso no cambia nada porque la legislación francesa aplicable exige la inspección de aparatos de más de 2 kg.